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Estimados Directivos/as Regionales, SS.OO y Personal en General:
Junto con saludarlos/as, quisiéramos compartir con Uds., otro de los aspectos importantes que contempla la promulgación de la Ley N° 21.209.

ARTÍCULO OCTAVO TRANSITORIO:
El personal femenino de las Plantas de Oficiales Penitenciarios y Suboficiales y Gendarmes que, durante el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.426, y hasta la fecha de publicación de la presente ley, hubiere sido nombrado luego del proceso de formación en la Escuela Institucional y, posteriormente, impedido ascender a Teniente Segundo o Gendarme Segundo, respectivamente, antes de cumplirse el tiempo máximo de tres años exigidos por ley en los referidos grados, por encontrarse con descanso de maternidad o permiso postnatal, parental, no cumpliendo con el requisito exigido en el artículo 26, N° 2, del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, que Fija el Estatuto del Personal perteneciente a las Plantas I y II de Gendarmería de Chile, excepcionalmente y por una sola vez, será ubicado en el lugar del escalafón respectivo que le correspondería haberse encontrado de no haber mediado dicha circunstancia y la ausencia de los requisitos legales exigidos para el ascenso.

Para estos efectos, el personal que se encuentre en esa condición, deberá, en el plazo de treinta días hábiles contados desde la fecha de publicación de la ley, acreditar ante el Director Nacional de Gendarmería de Chile que, a la fecha de promoverse el ascenso que no las consideró mantenían la condición que les imposibilitó ser clasificadas en las listas que el referido cuerpo estatutario exige.

Los antecedentes serán evaluados por Gendarmería de Chile, la que podría exigir que se aporten mayores antecedentes en caso de ser insuficientes los presentados para los fines pretendidos en la referida norma.
Una vez corroborados los antecedentes y acreditada su validez, el Director Nacional de Gendarmería de Chile instruirá, mediante resolución fundada, la reubicación de las funcionarias en el escalafón que les corresponda.
PLAZO PARA ENTREGA DE ANTECEDENTES 18 DE MARZO 2020.

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Atte.
Directorio Nacional ANOP.

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